Sí, bajo la ley de Texas sobre la venta de alcohol. Un bar, restaurante o club que le sirvió a una persona obviamente intoxicada, cuya intoxicación causó el choque, puede ser responsable por las lesiones.
El capítulo 2 del Código de Bebidas Alcohólicas crea este reclamo. Exige probar que el negocio le sirvió alcohol a una persona obviamente intoxicada al grado de representar un peligro claro, y que esa intoxicación fue la causa directa del daño.
La responsabilidad es más estrecha de lo que mucha gente cree. Según la sección 2.02 del Código de Bebidas Alcohólicas, el negocio es responsable solo cuando era evidente, en el momento de servir, que el cliente estaba obviamente intoxicado al grado de ser un peligro claro para sí mismo y para otros. Servirle a un menor de edad es otra base distinta. La ley hace de este el único remedio contra quienes venden alcohol, así que contra ellos no se pueden usar teorías de negligencia común.
Los negocios tienen una protección. La sección 106.14 del Código de Bebidas Alcohólicas protege al empleador cuyo empleado sirvió al cliente si el empleador exigía la capacitación para vendedores aprobada por la TABC, el empleado la tomó y el empleador no fomentó que se sirviera de más. Si un bar califica para esa protección es una pregunta de hechos que se investiga desde el principio, incluidos los registros de capacitación y las políticas del bar.
Estos reclamos importan porque el conductor ebrio muchas veces trae solo el seguro mínimo, mientras que el negocio tiene una póliza comercial. Esa póliza suele ser la fuente más grande de recuperación, y por eso vale la pena investigar este reclamo en cada choque grave con un conductor ebrio.
La prueba normalmente sale de registros y testigos: recibos de tarjeta de crédito y cuentas, datos del sistema de cobro que muestran cuántas bebidas y a qué hora, video de vigilancia que muestra el estado del cliente y los testimonios de los cantineros y de otros clientes. Los bares graban encima de sus videos y cambian de personal, así que las cartas de preservación tienen que salir rápido.
El caso penal por manejar intoxicado contra el conductor aporta evidencia, como los resultados de alcohol en la sangre y la cronología de dónde estuvo el conductor. Pero el reclamo civil no espera al caso penal.
El reclamo contra el bar va junto con el reclamo contra el conductor. También se pueden buscar daños punitivos contra el conductor, porque manejar intoxicado puede ser negligencia grave.
Errores comunes: suponer que el caso penal es suficiente y no investigar dónde estuvo tomando el conductor; esperar hasta que el negocio grabe encima de su video; no pedir los recibos, la cuenta o los registros del teléfono del conductor que muestran dónde estuvo; y hablar con la aseguradora del bar sin consejo.
¿Puedo demandar a un amigo que hizo una fiesta? La responsabilidad del anfitrión en Texas es limitada. Bajo el capítulo 2, un anfitrión por lo general no es responsable porque un invitado adulto maneje ebrio, aunque servirle a un menor puede crear responsabilidad; los hechos deciden si existe un reclamo. ¿Y si el conductor tenía menos de 21 años? Servirle alcohol a un menor es una base distinta de responsabilidad bajo el capítulo 2 del Código de Bebidas Alcohólicas, y depende de probar que el negocio le sirvió y que eso causó el choque.
¿Tengo que esperar a que termine el caso penal? No. El reclamo civil es independiente del caso penal, y su plazo de dos años sigue corriendo. El caso penal puede aportar evidencia, pero no espere su resultado para actuar.
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