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Es una reunión para buscar un acuerdo con un mediador neutral que ayuda a negociar pero no decide el caso. Los tribunales de Texas muchas veces la ordenan antes del juicio, lo que se dice es confidencial y un acuerdo firmado por escrito se puede hacer cumplir como un contrato.

Texas define la mediación en la sección 154.023 del Código de Práctica Civil y Recursos: un mediador imparcial facilita la comunicación entre las partes para promover un acuerdo, y no puede imponer su propio criterio sobre los asuntos en disputa. El mediador muchas veces es un juez jubilado o un abogado con experiencia. Solo las partes pueden decidir si llegan a un acuerdo.

Los tribunales pueden mandar un caso a mediación. Según la sección 154.021 del Código de Práctica Civil y Recursos, un tribunal puede referir un caso pendiente a mediación por iniciativa propia o a petición de una parte, y muchos tribunales de Texas lo hacen de rutina antes del juicio y fijan una fecha límite para hacerla. Una parte puede oponerse dentro de ciertos límites: según la sección 154.022 del Código de Práctica Civil y Recursos, el tribunal tiene que avisar a las partes, y cualquiera puede presentar una objeción por escrito dentro de los 10 días después de recibir el aviso. Si el tribunal encuentra una base razonable para la objeción, no puede hacer la referencia. Las objeciones son poco comunes en casos de choques, porque las dos partes normalmente quieren una oportunidad de llegar a un acuerdo.

¿Quién es el mediador y cuáles son sus deberes? La sección 154.052 del Código de Práctica Civil y Recursos dice que una persona nombrada por un tribunal por lo general tiene que haber completado al menos 40 horas de capacitación en técnicas de resolución de disputas, aunque el tribunal puede tomar en cuenta otra capacitación o experiencia legal o profesional. La sección 154.053 del Código de Práctica Civil y Recursos dice que el mediador debe animar y ayudar a las partes a llegar a un acuerdo, pero no puede obligar ni presionar a nadie. Tampoco puede pasar información que una parte le compartió en confianza sin su permiso, y a menos que las partes acuerden otra cosa, la conducta y el comportamiento de las partes y sus abogados durante la sesión son confidenciales, incluso frente al juez.

El proceso es confidencial. La sección 154.073 del Código de Práctica Civil y Recursos hace confidenciales las comunicaciones en una mediación y por lo general impide que se usen como evidencia. Eso permite que las dos partes hablen con franqueza sin perjudicar su posición en el juicio.

Una mediación típica de lesiones dura un día. Cada parte presenta un resumen, luego se sientan en cuartos separados mientras el mediador lleva ofertas de un lado a otro y pone a prueba lo fuerte y lo débil de cada posición. La persona lesionada normalmente asiste con su abogado y decide si acepta alguna oferta; algunos tribunales y mediadores permiten participar a distancia, y una sesión por video puede ayudar a quien no puede estar sentado muchas horas por su lesión. La mediación también es una oportunidad para oír la opinión de la otra parte: el mediador muchas veces comparte, en términos generales, lo que la defensa considera sus mejores argumentos, y oírlo de una persona neutral ayuda a comparar una oferta con los riesgos reales del juicio.

¿Cómo se le paga al mediador? La sección 154.054 del Código de Práctica Civil y Recursos permite que el tribunal fije un honorario razonable para el mediador que nombre, y si las partes no acuerdan cómo pagarlo, el tribunal lo cobra como costo del juicio. En la práctica, las partes muchas veces escogen al mediador de común acuerdo y acuerdan cómo dividir el honorario. Pregúntele a su abogado cómo trata ese costo su acuerdo de honorarios antes de la sesión, para que las cifras netas que compare durante el día sean correctas.

La preparación decide la mayoría de las mediaciones. Los mediadores normalmente le piden a cada parte un escrito de mediación. Uno bueno para la persona lesionada incluye el reporte del choque, fotos, la evidencia sobre la culpa, un resumen del tratamiento médico con las cuentas, prueba de los ingresos perdidos y lo que los doctores esperan para el futuro. Los gastos médicos se limitan a las cantidades realmente pagadas o incurridas según la sección 41.0105 del Código de Práctica Civil y Recursos, así que las cifras deben reflejar esas cantidades y no solo lo facturado. El representante de la aseguradora llega con una autorización basada en lo que le han reportado los abogados de la defensa, así que la evidencia tiene que estar clara y completa antes de ese día.

El momento importa. La mediación da más resultado después de tomar las declaraciones clave y cuando el panorama médico está claro, porque las dos partes ya tienen la información para evaluar el riesgo. Mediar demasiado pronto, antes de entender la lesión, muchas veces produce ofertas que no reflejan todo el reclamo.

Por ejemplo, suponga que a una conductora de Houston le pegan por detrás en el West Loop, recibe tratamiento varios meses y presenta una demanda porque la oferta de la aseguradora no cubre sus cuentas médicas. El tribunal ordena la mediación después de que se toman las declaraciones de los dos conductores. En la sesión, la defensa argumenta que parte del tratamiento no era necesario, y el mediador lleva ofertas de un cuarto a otro toda la tarde. Ella compara cada oferta con la cantidad neta después del gravamen del hospital de la sección 55.002 del Código de Propiedad, cualquier reembolso al plan de salud y los gastos del caso, y decide si acepta o sigue preparándose para el juicio. Este ejemplo es hipotético y no es una predicción de ningún resultado.

¿Qué hace obligatorio un acuerdo de mediación? La regla 11 de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas dice que un acuerdo entre abogados o partes sobre un juicio pendiente no se hará cumplir a menos que esté por escrito, firmado y presentado en el expediente, o que se haga en audiencia pública y conste en el registro. Por eso los términos normalmente se escriben y se firman antes de que alguien se vaya. Según la sección 154.071 del Código de Práctica Civil y Recursos, un acuerdo escrito y firmado se puede hacer cumplir como cualquier otro contrato, y el tribunal puede incluir sus términos en la sentencia final. Un apretón de manos o un sí de palabra al final de un día largo no es algo en lo que se pueda confiar. Los términos que no son de dinero, como cuándo se paga, la confidencialidad o cómo se arma un acuerdo estructurado para un menor, también deben quedar por escrito.

Hay casos especiales. La mediación también puede ocurrir antes de presentar una demanda si las dos partes están de acuerdo, aunque las reglas de referencia del capítulo 154 del Código de Práctica Civil y Recursos se aplican a casos pendientes. Si la persona lesionada es menor de edad, un acuerdo por lo general necesita la aprobación del tribunal para ser obligatorio, así que lo que se firma en la mediación suele ser el punto de partida para esa aprobación. Y un caso que no se resuelve en la mediación todavía puede resolverse después: a veces el mediador sigue trabajando con las partes, y nueva evidencia o una fecha de juicio muchas veces mueven las negociaciones.

Errores comunes: tratar la mediación como un simple trámite y no como la mejor oportunidad de acuerdo antes del juicio; llegar sin las cuentas médicas y los registros de salario al día; y aceptar una oferta bajo presión de tiempo sin entender la cantidad neta después de los gravámenes y los gastos, incluidos los gravámenes de hospital del capítulo 55 del Código de Propiedad, los reembolsos a planes de salud y los intereses de Medicare.

Owsley Law Firm prepara a sus clientes para la mediación y presenta el valor completo del reclamo. La consulta es gratis, se habla español y no cobramos honorarios si no ganamos; el cliente puede ser responsable de los gastos del caso según el acuerdo de honorarios por escrito.

Fuentes

Fuentes que usamos en esta página

  1. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 154.023
  2. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 154.021
  3. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 154.022
  4. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 154.052
  5. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 154.053
  6. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 154.073
  7. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 154.054
  8. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 41.0105
  9. Tex. Prop. Code § 55.002
  10. Texas Rules of Civil Procedure (Supreme Court of Texas)
  11. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 154.071
  12. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code ch. 154
  13. Tex. Prop. Code ch. 55

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