El cónyuge, los hijos y los padres de la persona que murió, según el capítulo 71 del Código de Práctica Civil y Recursos. Los hermanos no pueden. El patrimonio de la persona presenta aparte un reclamo de supervivencia.
La ley de Texas es muy precisa sobre quién puede presentar un reclamo por muerte injusta. El capítulo 71 del Código de Práctica Civil y Recursos limita ese derecho al cónyuge sobreviviente, a los hijos y a los padres de la persona que murió. Los hermanos no están en esa lista, por más cercana que haya sido la relación.
No hace falta que toda la familia presente la demanda junta. Cualquiera de esos familiares puede demandar en beneficio de todos. Si ninguno lo ha hecho dentro de los tres meses después de la muerte, el albacea o administrador del patrimonio puede presentar la demanda, a menos que todos los familiares con derecho le pidan que no lo haga.
Que una sola persona presente la demanda no significa que el dinero sea solo para ella. El jurado otorga los daños a cada beneficiario según su propia pérdida, y es el tribunal, no la persona que demandó, quien controla cómo se reparte la recuperación entre ellos.
Hay un segundo reclamo que no hay que olvidar. El reclamo de supervivencia de la sección 71.021 del Código de Práctica Civil y Recursos pertenece al patrimonio y recupera lo que la persona habría podido reclamar si hubiera vivido: el dolor consciente antes de morir, las cuentas médicas y los gastos del funeral. Por lo general, los dos reclamos se presentan juntos.
¿Qué daños puede reclamar la familia? La sección 71.010 del Código de Práctica Civil y Recursos permite que el jurado otorgue daños proporcionales al daño que causó la muerte y los reparta entre los familiares, y las categorías vienen de las decisiones de los tribunales de Texas. Incluyen la pérdida del apoyo económico que la persona habría dado, la pérdida de sus consejos, cuidado y orientación, la pérdida de su compañía y la angustia mental. Los hijos que pierden a un padre o a una madre, y los padres que pierden a un hijo, tienen cada uno sus propias pérdidas que probar. Los gastos médicos y del funeral normalmente se recuperan a través del patrimonio.
Cuando la muerte fue causada por negligencia grave o por un acto intencional, la sección 71.009 del Código de Práctica Civil y Recursos permite reclamar daños ejemplares. La negligencia grave se define en el capítulo 41 del Código de Práctica Civil y Recursos, exige prueba clara y convincente, y los daños ejemplares están sujetos al límite de la sección 41.008 del Código de Práctica Civil y Recursos. Los casos con un conductor ebrio, o con una compañía de camiones que ignoró a sabiendas las reglas de seguridad, son los ejemplos más comunes.
Si hay hijos menores de edad, el proceso tiene pasos adicionales. Un acuerdo que incluye a menores necesita la aprobación del tribunal, y muchas veces el tribunal nombra un tutor ad litem para representar al niño. El dinero de un menor normalmente se protege en una cuenta supervisada por el tribunal o en un arreglo estructurado, así que la planeación de esos fondos empieza durante el caso, no después.
El plazo por lo general es de dos años desde la fecha de la muerte. El duelo hace que sea fácil dejar pasar el tiempo, pero el plazo sigue corriendo mientras la familia se recupera.
¿Puede demandar una pareja o un prometido? Bajo el capítulo 71 del Código de Práctica Civil y Recursos, los beneficiarios son el cónyuge, los hijos y los padres. Una pareja no casada o un prometido no está entre ellos, aunque puede tener otros derechos, por ejemplo a través del patrimonio, y debe pedir consejo. ¿Y si la persona no tenía cónyuge ni hijos? Los padres pueden demandar. Si no existe ninguno de los beneficiarios, todavía puede haber un reclamo de supervivencia a través del patrimonio, aunque los daños se limitan a lo que la persona misma habría podido recuperar.
¿Cómo se reparte la recuperación? El jurado, o el acuerdo, asigna los daños entre los beneficiarios según la pérdida de cada uno. Cuando hay un acuerdo, puede ser necesario que un tribunal apruebe la división, sobre todo si hay menores.
Owsley Law Firm atiende estos casos con el cuidado que merecen, en español si la familia lo prefiere, y no cobra honorarios si no obtiene una recuperación.
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