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No por sí sola. La ley de Texas permite recuperar por el agravamiento de una condición que ya existía. La aseguradora va a decir que su dolor es viejo, y la respuesta son los expedientes médicos que muestran el cambio que causó el choque.

La regla es que el conductor negligente toma a la persona lesionada como la encuentra. Si un choque empeora una espalda que ya estaba mal, el conductor es responsable del empeoramiento, aunque una persona más sana hubiera salido sin lesiones.

Las instrucciones modelo para el jurado en Texas tocan este tema directamente. Al jurado se le dice que considere el daño causado por el incidente y que no incluya ninguna cantidad por una condición que existía antes, excepto en la medida en que el incidente la agravó. Eso significa que el reclamo es por la diferencia, y el reto es probar qué tan grande es esa diferencia.

¿Cómo funciona paso a paso? Normalmente empieza con el panorama de antes: los expedientes de los médicos, quiroprácticos o clínicas que trataron la misma parte del cuerpo en los años anteriores al choque. Después vienen los expedientes de después, empezando con la primera visita tras el choque. El médico tratante compara los dos y, si los hechos lo respaldan, explica qué cambió y por qué el choque es la causa probable. Esa comparación se vuelve el centro de la carta de reclamo y, si se presenta una demanda, el centro del testimonio médico.

Las herramientas de la aseguradora son las solicitudes de expedientes y los exámenes médicos. Las aseguradoras piden años de expedientes anteriores y buscan cualquier queja previa sobre la misma parte del cuerpo. Un historial de tratamiento previo no es fatal. Mucha gente tiene cambios degenerativos que no le dolían ni la limitaban hasta el choque, y un médico puede explicar cómo el choque convirtió una condición sin síntomas en una con síntomas.

¿Por qué pesa tanto la opinión del médico? La Corte Suprema de Texas dijo en Guevara v. Ferrer (2007) que la regla general desde hace mucho es que se necesita testimonio de un experto para probar la causa de condiciones médicas que están fuera del conocimiento y la experiencia comunes del jurado. Una condición preexistente es el caso más claro de esa regla, porque todo el argumento de la aseguradora es que algo distinto del choque explica los síntomas. Las imágenes pueden servir para los dos lados: un estudio que muestra degeneración se puede usar para decir que el dolor es viejo, mientras que una comparación con imágenes anteriores o un cambio en los hallazgos puede apoyar el papel del choque. La opinión del médico tratante, expresada con probabilidad médica razonable, es el estándar que exigen los tribunales de Texas para la causa en temas médicos.

¿Qué pasa con sus expedientes médicos si se presenta una demanda? Bajo la regla 194 de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas, quien demanda por lesiones físicas tiene que entregar, sin esperar a que se lo pidan, los expedientes y cuentas médicas razonablemente relacionados con las lesiones reclamadas, o una autorización para que la otra parte los obtenga. La regla se limita a los expedientes razonablemente relacionados con las lesiones reclamadas, lo que es una razón para negociar el alcance de una solicitud de historial previo en lugar de concederla sin límites. La defensa también puede pedirle al tribunal que ordene un examen por un médico bajo la regla 204 de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas, pero la regla exige una moción, una buena causa y una condición física que de verdad esté en disputa.

Probar las cuentas es un paso distinto de probar la causa. La sección 18.001 del Código de Práctica Civil y Recursos permite que una declaración jurada de un proveedor o del encargado de sus registros apoye que los cargos fueron razonables y los servicios necesarios, salvo que la otra parte entregue una contradeclaración adecuada. La misma ley dice que esa declaración no es evidencia de la causa. En un caso con condición preexistente, eso significa que las cuentas se pueden apoyar con papeles, pero la conexión entre el choque y el empeoramiento tiene que venir de la evidencia médica.

No esconda sus lesiones anteriores. Dígales a sus médicos y a su abogado sobre lesiones previas, aunque sean menores, porque las van a encontrar en los expedientes. Quien revela y explica sus problemas anteriores es creíble, mientras que quien los esconde le da a la aseguradora un argumento que alcanza todas las partes del caso, y eso daña la credibilidad mucho más que la condición misma.

Por ejemplo, suponga que un trabajador de almacén de 52 años tenía rigidez ocasional en la parte baja de la espalda y fue con un quiropráctico unas cuantas veces tres años antes de un choque por detrás, y después no tuvo ningún tratamiento hasta el choque. Después del choque, tiene dolor que le baja por una pierna, pierde turnos de trabajo, y una resonancia magnética muestra un problema de disco junto con cambios por la edad. La aseguradora va a señalar las visitas viejas al quiropráctico y la degeneración. El lado del trabajador es el largo tiempo sin tratamiento antes del choque, los síntomas nuevos en la pierna que no aparecen en los expedientes viejos, el trabajo perdido y la opinión del médico tratante sobre qué cambió. El ejemplo es hipotético y no dice nada sobre cuánto vale ningún reclamo.

Algunos casos especiales cambian el análisis. Si usted todavía estaba en tratamiento activo por la misma parte del cuerpo el día del choque, es más difícil marcar el punto de partida y la explicación del médico tiene que ser más específica. Si tuvo otro accidente después de este, la aseguradora va a decir que el evento posterior causó parte del daño, así que hay que ordenar los expedientes de los dos. Y la culpa es una pregunta distinta de la causa: bajo el capítulo 33 del Código de Práctica Civil y Recursos, una condición preexistente no lo hace a usted parcialmente responsable del choque, aunque la evidencia médica sigue decidiendo cuánto de su condición actual causó el choque.

¿La aseguradora me puede obligar a ver a su médico? Puede pedirlo, pero no simplemente ordenarlo; una vez presentada la demanda, la defensa puede pedir un examen bajo la regla 204, y el tribunal solo lo ordena con buena causa cuando su condición física está en disputa. ¿Tengo que contarle al ajustador sobre mi lesión vieja? Nunca niegue ni cambie una lesión anterior, pero tampoco tiene que darle a la aseguradora del otro conductor un historial médico sin límites por teléfono; lo más seguro es que su abogado entregue los expedientes previos relevantes de forma ordenada, junto con la explicación de su médico. ¿Y si nunca le dije a mi médico de la lesión anterior? Dígaselo ahora, y dígaselo a su abogado, porque una opinión formada sin conocer la lesión vieja se puede atacar cuando salgan los expedientes. ¿La artritis o la degeneración perjudican mi reclamo? No de forma automática; mucha gente tiene cambios por la edad sin síntomas, y un choque puede hacerlos dolorosos. ¿Un caso con condición preexistente vale menos? No necesariamente: el reclamo es por el daño que causó el choque, incluido el empeoramiento de una condición que ya tenía, y una persona con una espalda vulnerable puede lastimarse más con el mismo impacto. Lo que cambia es la prueba que se necesita, no el derecho a recuperar.

Errores comunes: decirle a su médico que nunca ha tenido problemas de espalda o de cuello cuando sí los ha tenido; no reunir los expedientes anteriores que muestran un punto de partida estable; pensar que una lesión previa significa que no tiene reclamo; y dejar de ir a las citas de seguimiento, lo que hace difícil probar el cambio.

Owsley Law Firm arma estos casos sobre la comparación médica de antes y después. La consulta es gratis, se habla español y no cobramos honorarios si no ganamos; el cliente puede ser responsable de los gastos del caso según el acuerdo de honorarios por escrito.

Fuentes

Fuentes que usamos en esta página

  1. Texas Rules of Civil Procedure (Supreme Court of Texas)
  2. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 18.001
  3. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code ch. 33

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