Sí, por sus pérdidas de propiedad: la reparación o el valor de un carro pérdida total, un carro de renta o la pérdida de uso, y el valor disminuido. Sin una lesión física, Texas por lo general no permite daños solo por el susto o el disgusto.
Un choque sin lesiones sigue siendo un reclamo. El conductor culpable es responsable del daño que causó, y en Texas eso normalmente lo paga su aseguradora de responsabilidad bajo la parte de daños a la propiedad de la póliza. Texas exige por lo menos $25,000 de cobertura de daños a la propiedad bajo la sección 601.072 del Código de Transporte.
Lo que puede recuperar: el costo razonable de la reparación, o el valor del vehículo justo antes del choque si es pérdida total; la pérdida de uso, es decir, un carro de renta o el valor razonable de estar sin el carro mientras se repara o se reemplaza (la Corte Suprema de Texas confirmó en J&D Towing v. American Alternative Insurance en 2016 que la pérdida de uso se puede recuperar aun cuando el carro es pérdida total); el valor disminuido cuando un carro reparado vale menos que antes; y los objetos personales dañados dentro del carro, como un teléfono o una silla de bebé. Los fabricantes de sillas de seguridad para niños por lo general recomiendan reemplazar la silla después de un choque moderado o grave, y ese costo es parte del reclamo.
Lo que por lo general no puede recuperar es la angustia mental por sí sola. En Boyles v. Kerr (1993), la Corte Suprema de Texas decidió que no existe un deber general de evitar causar angustia emocional por negligencia, así que un susto sin lesión no justifica una compensación aparte en un caso común de choque.
Tenga cuidado con la palabra lastimado. Las lesiones de tejidos blandos, las conmociones y las lesiones de disco muchas veces dan síntomas un día o más después. Si algo empieza a dolerle, hágase revisar antes de decirle a una aseguradora que no se lastimó, porque esa declaración se va a usar contra un reclamo posterior por lesiones.
¿Cómo funciona un reclamo solo de propiedad? Usted reporta el reclamo a la aseguradora del conductor culpable, que asigna un ajustador, inspecciona el carro o pide fotos y un estimado, y decide si acepta la responsabilidad. Usted escoge dónde se repara el carro: bajo la sección 1952.301 del Código de Seguros, una aseguradora que resuelve un reclamo de propiedad de un tercero no puede exigirle que use un taller en particular ni una marca o tipo de piezas en particular. El Departamento de Seguros de Texas agrega que cuando otro conductor causó el choque, la aseguradora de ese conductor paga un carro de renta. Guarde cada recibo y lleve la cuenta de los días sin carro.
¿Conviene usar su propia cobertura? Muchas veces es más rápido, pero tiene costos. La cobertura de colisión paga sin importar la culpa, menos su deducible, y su aseguradora puede luego cobrarle al otro conductor. La cobertura de daños a la propiedad por motorista sin seguro se ofrece con un deducible de $250 bajo la sección 1952.105 del Código de Seguros. Si tiene las dos coberturas, la sección 1952.107 del Código de Seguros le permite escoger cuál usar, o usar las dos cuando ninguna sola cubre la pérdida, designando una como principal. Su propia póliza no paga el valor disminuido después de una reparación completa y adecuada, según American Manufacturers Mutual Insurance Co. v. Schaefer (2003), así que esa parte se queda en el reclamo contra el conductor culpable.
La culpa sigue importando en un reclamo solo de propiedad. Bajo el capítulo 33 del Código de Práctica Civil y Recursos, si la aseguradora dice que usted comparte la culpa, su recuperación se reduce según su porcentaje de culpa, y si pasa de 50 por ciento no recupera nada. Las fotos de dónde quedaron los carros, el patrón de daño en los dos y cualquier video de cámara de tablero son lo que resuelve esa discusión.
¿Y si la aseguradora no paga una cantidad justa? Usted puede demandar al conductor culpable, no a la aseguradora. Bajo Allstate Insurance Co. v. Watson (1994), un tercero que reclama no puede demandar a la aseguradora del otro conductor por cómo maneja el reclamo. Muchos reclamos de propiedad caben en la corte de justicia de paz: la sección 27.031 del Código de Gobierno les da a esas cortes jurisdicción en asuntos civiles hasta $20,000, sin contar intereses, y la regla 500.1 de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas define un caso de reclamos menores como uno de no más de $20,000, sin contar intereses legales ni costos judiciales, pero incluyendo honorarios de abogado. Si el conductor tenía seguro, la aseguradora normalmente lo defiende y paga una sentencia dentro de los límites de la póliza.
¿Qué evidencia prueba un reclamo de propiedad? Un estimado por escrito de su propio taller, fotos del daño antes de la reparación y la factura final prueban el costo de reparar. En una pérdida total, los anuncios de ventas de carros parecidos y las opciones y el estado del carro prueban su valor antes del choque. Los recibos de renta o una tarifa diaria razonable prueban la pérdida de uso. Para el valor disminuido, la prueba usual es un avalúo por escrito que compare el valor de mercado del carro reparado con su valor antes del choque.
Por ejemplo, suponga que a un carro estacionado de noche en una calle de Montrose le pega otro carro de lado, y la cámara del timbre de un vecino capta la placa. La sección 550.024 del Código de Transporte obligaba a ese conductor a detenerse y buscar al dueño o dejar una nota con nombres, direcciones y una descripción del choque. Con la placa, el dueño puede encontrar al conductor y hacer un reclamo ante su aseguradora por la reparación, la pérdida de uso y el valor disminuido. Si el conductor nunca se hubiera identificado, la cobertura de daños a la propiedad por motorista sin seguro todavía podría aplicar, porque el contacto físico real que exige la sección 1952.104 del Código de Seguros fue con la propiedad del dueño. El ejemplo es hipotético y no predice ningún resultado.
Algunas situaciones cambian las reglas. Si el otro vehículo era de una ciudad u otro gobierno, la Ley de Reclamos por Agravios también se aplica a los daños a la propiedad: la responsabilidad de una ciudad por daños a la propiedad tiene un límite de $100,000 por incidente bajo la sección 101.023 del Código de Práctica Civil y Recursos, y hay plazos de aviso, incluidos 90 días bajo la carta municipal de la Ciudad de Houston para reclamos contra la Ciudad. Si otra persona es dueña del carro que usted manejaba, el reclamo de propiedad por lo general es del dueño, aunque usted puede tener su propio reclamo por objetos personales en el carro. ¿Necesito un reporte policial? No, pero ayuda; los oficiales hacen un reporte en choques con lesiones o con $1,000 o más de daños, y el número del reporte agiliza la revisión. El plazo para demandar por daños a la propiedad es el mismo de dos años bajo la sección 16.003 del Código de Práctica Civil y Recursos.
Errores comunes: decirle a un ajustador que no se lastimó antes de que los síntomas hayan tenido tiempo de aparecer; firmar un finiquito que cubre lesiones cuando solo está arreglando el carro; olvidar reclamar la pérdida de uso por los días sin vehículo; y aceptar el primer estimado de reparación sin una segunda opinión de su propio taller. Si el dolor aparece después de arreglar el carro, lea el finiquito que firmó antes de dar por hecho que el reclamo por lesiones sigue abierto.
La mayoría de los reclamos solo de propiedad se resuelven sin demanda. Owsley Law Firm los revisa sin costo y le dice con honestidad si necesita un abogado o no. La consulta es gratis, se habla español y no cobramos honorarios si no ganamos; el cliente puede ser responsable de los gastos del caso según el acuerdo de honorarios por escrito.
Fuentes
Fuentes que usamos en esta página
- Tex. Transp. Code § 601.072
- Tex. Ins. Code § 1952.301
- Tex. Ins. Code § 1952.105
- Tex. Ins. Code § 1952.107
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code ch. 33
- Texas Rules of Civil Procedure (Supreme Court of Texas)
- Tex. Gov't Code § 27.031
- Tex. Transp. Code § 550.024
- Tex. Ins. Code § 1952.104
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 101.023
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 16.003
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