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Unos meses en un reclamo sencillo después de terminar el tratamiento, y de uno a dos años cuando hace falta una demanda. Lo que más influye es cuándo el tratamiento médico avanza lo suficiente para saber cuánto vale el caso.

Ningún abogado responsable resuelve un reclamo antes de entender la lesión. Una vez firmado el finiquito, ya no se pueden agregar una cirugía posterior, las complicaciones ni el trabajo perdido después. Por eso el reloj empieza cuando termina el tratamiento o cuando llega a un punto en que el futuro se puede predecir.

Después se manda una carta de reclamo a la aseguradora con los registros, y la negociación tarda de semanas a meses. Muchos casos se resuelven ahí. Si la aseguradora no paga lo que vale el caso, se presenta la demanda, y un pleito en el Condado de Harris normalmente tarda un año o más en llegar a juicio, aunque la mayoría de las demandas se resuelven antes.

Los pleitos en Texas siguen un orden que afecta el tiempo. Después de presentar la demanda y de que el demandado conteste, empieza la etapa de intercambio de pruebas bajo las Reglas de Procedimiento Civil de Texas. Los reclamos de $325,000 o menos pueden tramitarse como casos acelerados bajo la regla 169, que simplifica esa etapa, mientras que los casos más grandes siguen calendarios más largos. La mayoría de los casos del Condado de Harris también pasan por mediación antes del juicio, y muchos se resuelven ahí.

Dos doctrinas de Texas presionan a las aseguradoras para resolver dentro de los límites de la póliza. Bajo la doctrina Stowers, una aseguradora que rechaza sin razón una oferta de acuerdo adecuada dentro de sus límites puede tener que pagar la sentencia completa si el caso va a juicio y el resultado supera la póliza. Por eso una carta de reclamo bien hecha tiene peso real, y el momento y las palabras importan.

Los intereses anteriores a la sentencia bajo la sección 304.104 del Código de Finanzas también premian el aviso por escrito del reclamo, porque empiezan a correr a más tardar 180 días después de que el demandado recibe el aviso por escrito, o cuando se presenta la demanda, lo que pase primero. Eso le da a la aseguradora una razón para no dejar el caso olvidado.

Lo que alarga un caso: culpa en disputa, una lesión seria que todavía está en tratamiento, varias aseguradoras, una compañía de camiones o un reclamo de motorista sin seguro o con seguro insuficiente contra su propia aseguradora. Lo que lo acelera: culpa clara, registros completos y un abogado que prepara el caso como si fuera a juicio.

No toda demora es culpa del abogado o de la aseguradora. Las lesiones serias pueden necesitar meses de tratamiento antes de que los médicos digan qué pasará después, y un acuerdo antes de ese punto es un acuerdo con descuento. Un caso que tarda más porque se está armando bien normalmente es mejor que uno rápido.

Errores comunes: resolver antes de llegar a la mejoría médica máxima o de tener un plan de tratamiento claro; retrasar el tratamiento, lo que le permite a la aseguradora decir que la lesión no es seria; ignorar las llamadas de su abogado o faltar a las citas médicas; y esperar un cheque rápido porque la aseguradora dijo que el reclamo es sencillo.

¿Por qué la aseguradora todavía no me paga? Las aseguradoras suelen esperar los registros completos y el final del tratamiento, y muchas veces empiezan con ofertas bajas. Una demora no es necesariamente una negación, pero tampoco es razón para aceptar menos. ¿Una demanda alarga el caso? Normalmente sí, por el intercambio de pruebas y la mediación, pero también puede mover a una aseguradora que no ha negociado en serio. ¿Puedo recibir dinero antes del acuerdo? Algunas coberturas, como PIP o pagos médicos, pagan pronto sin esperar a que se decida la culpa. Los préstamos de terceros antes del acuerdo son caros y conviene pedir consejo legal antes.

Owsley Law Firm no apresura un caso para cerrar con una cifra baja ni lo deja olvidado, y le informa al cliente en qué etapa está en cada paso. La consulta es gratis y lo atendemos en español.

Fuentes

Fuentes que usamos en esta página

  1. Texas Rules of Civil Procedure (Supreme Court of Texas)
  2. Tex. Fin. Code § 304.104

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Esta página es información general sobre la ley de Texas y no es asesoría legal. Cada caso depende de sus propios hechos.